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馃敶 Amonestaci贸n p煤blica por promoci贸n personalizada y uso indebido de recursos p煤blicos.
Dentro del procedimiento especial sancionador TEEH-PES-011/2024, en el cual dos ciudadanos denunciaron diversas irregularidades atribuidas al ex-presidente municipal de Mineral de la Reforma, Israel F茅lix Soto, quien en aquel momento se encontraba contendiendo como candidato a senador.
Las denuncias inclu铆an la violaci贸n a la difusi贸n de propaganda gubernamental, promoci贸n personalizada, uso indebido de recursos p煤blicos y la transgresi贸n a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral. Se se帽alaba que el denunciado sobreexpon铆a su imagen en redes sociales propias del ayuntamiento y en espectaculares colocados en distintos puntos del municipio.
El INE desech贸 inicialmente el medio de impugnaci贸n, remiti茅ndolo al IEEH, considerando que las infracciones denunciadas podr铆an tener un impacto en el 谩mbito local. Posteriormente, el caso lleg贸 al TEEH. En su fallo, el Tribunal Electoral declar贸 la inexistencia de infracciones en cuanto a
la violaci贸n de difusi贸n de propaganda gubernamental y a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, al no acreditarse que los espectaculares estuvieran dentro del periodo de campa帽as electorales ni que incitaran al voto a favor del denunciado o de terceros.
Sin embargo, se declar贸 la existencia de promoci贸n personalizada y uso indebido de recursos p煤blicos, al comprobarse que los espectaculares permanecieron m谩s all谩 del periodo permitido y que resaltaban la imagen y nombre del denunciado. Como resultado, se impuso al ex-presidente municipal la sanci贸n de amonestaci贸n p煤blica.
Se orden贸 adem谩s dar vista con copia certificada de la presente resoluci贸n al 贸rgano interno de control del ayuntamiento de Mineral de la Reforma, Hidalgo, para tomar las medidas correspondientes.