
Sabías que se tuvo pensado durante bastante tiempo que la marihuana era mesoamericana, pero realmente su origen es asiático, en México los esclavos originarios de África, al traer sus cultos y medicina-ritual a América, introdujeron a los indígenas en el uso del cannabis, así la marihuana se incorporó como medicina espiritual de los chamanes. Alrededor del siglo XIX la medicina popular se realizaba a través de curanderas a las que se les llamaba ‘Marías’ o ‘Juanas’, de donde se cree que surge la mixtura lingüística ‘marijuana’.
(Breve historia sobre la marihuana en Occidente, (P. Leal-Galicia, D. Betancourt, A. González-González, H. Romo-Parra, https://www.neurologia.com/articulo/2017522)
Un tema que generó polémica en el año 2016 fue la iniciativa dirigida al Senado de la República, con proyecto de decreto que expedía la ley general para el control del cannabis y sus derivados,la cual se enfocaba como una estrategia para enfrentar el universo de violencia generada por el crimen organizado, así como delinear un cambio de política orientada a informar, educar y prevenir sobre las consecuencias y efectos perjudiciales vinculados a suconsumo, así como propiciar un ambiente óptimo para el desarrollo científico en el ámbito de la salud, en lo persona este último como eje principal de observancia para ser aprobado, ya que la marihuana no es una sola planta, sino una familia completa, las cannabáceas; cannabis sativa L. y la cannabis indica L. son las que se acostumbra fumar porque tienen la más alta concentración de unas sustancias llamadas cannabinoides. Estos compuestos químicos, en particular el tetrahidrocannabinol (THC) y el cannabidiol, producen efectos en el organismo, algunos de los cuales afectan la función cerebral. En general, el THC deprime el sistema nervioso central, es decir, genera sensación de bienestar y tranquilidad, reduce la ansiedad y puede provocar euforia. Además, puede estimular el apetito y reducir las náuseas y los espasmos (acción antiespasmódica). Por último, puede causar somnolencia y reducir la percepción del dolor.
( Jorge Benjamín Ruiz Gutiérrez y Benjamín Ruiz Loyola, revista de divulgación de la ciencia de la UNAM), http://www.comoves.unam.mx/numeros/articulo/209/marihuana-medicinal.
En México el 01 de enero de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “reglamento de la ley general de salud en materia de control sanitario para la producción, investigación y uso medicinal del cannabis y sus derivados farmacológicos”. Dichoreglamento tiene por objeto, la regulación, control, fomento y vigilancia sanitaria de materia prima, derivados farmacológicos y medicamentos de la Cannabis, con fines de producción, investigación, fabricación y médicos, como datos relevantes es necesario tener en conocimiento, algunos procesos en cuanto a la obtención de la polémica y evidentemente famosa semilla de CANNABIS, existe un procedimiento llamado “Calificación de Semilla”, así por medio de un seguimiento y comprobación del conjunto de actividades, garantizan que las semillas se obtienen bajo métodos, procesos y manejo post cosecha, que aseguran la calidad genética, física, fisiológica y fitosanitaria, concluyendo con la emisión de un certificado de calidad (etiqueta). Lo anteriormente con base en las reglas emitidas por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas, siendo parte de las autoridades competentes, dicha información con sustento en los artículos; 1ro,2do.- Fracción II y 3ro inciso “c”, del reglamento publicado en mención. Afortunadamente Para efectos de garantizar la adecuación correspondiente las autoridades facultadas son; la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; la Secretaría de Economía y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria, quienes ejercerán las atribuciones que les confieren las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas en el ámbito de su competencia. En lo personal podría haber sido agregado un artículo que obligara a quienes producen, investigan, y promueven el cannabis, certificarse ante la norma ISSO90015, puesto que es un sistema de gestión de calidad considerado una decisión estratégica para una organización ya sea pública o privada que le puede ayudar a mejorar su desempeño global y proporcionar una base sólida para las iniciativas de desarrollo sostenible. Los beneficios serian potenciales para este reglamento ya que en este tenor sirve como filtro de seguridad para considerar elementos adquiridos durante y posterior a la aplicación de este nuevo sistema, con ello disminuir el factor de riesgo en la adecuación del mismo.
Cannabis, Cannabis.
Escrito por: Mario Alberto Pérez Romero
Egresado de la Licenciatura de Derecho
del Centro Universitario Interamericano Plantel Ecatepec
www.cuni.edu.mx